El Parlamento Andaluz ha aprobado hoy la nueva Ley de Policías Locales de Andalucía

El Parlamento Andaluz ha aprobado hoy la nueva Ley de Policías Locales de Andalucía que vendrá a derogar la obsoleta Ley de Coordinación 13/2001

Tras muchísimas horas de trabajo, de reuniones, de idas y venidas al parlamento, de un trabajo constante con todos los Grupos Políticos y un largo etcétera, hoy termina un periplo que empezó en 2013.

Han sido años en los que las 3 Grandes Organizaciones hemos realizado un arduo y meticuloso trabajo actuando estratégicamente de forma conjunta, cuando lo hemos considerado oportuno, con un único objetivo:

Que se incluyesen nuestras propuestas e históricas reivindicaciones, todas tendentes a mejorar nuestras condiciones laborales, sociales y económicas.

Somos conscientes que no cubre la totalidad de nuestras demandas, pero el trabajo y el camino está sembrado y seguiremos peleando para conseguir todas nuestras metas en el correspondiente desarrollo reglamentario de la Ley, porque por fin los sindicatos policiales formaremos parte por la vía de derecho de la comisión de coordinación por mucho que a algunos les pese.

Dar voz a los policías locales a través de los sindicatos profesionales que sufren y viven el uniforme es absolutamente fundamental para que reglamentariamente podamos trabajar todos aquellos aspectos que, o bien no están, o hay que desarrollarlos para evitar cualquier utilización interpretada erróneamente.

Numerosos Ayuntamientos e Instituciones que representan los Gobiernos Locales también han supuesto y suponen un verdadero obstáculo en algunas cuestiones (financiación o carencia de ella, recortar cortijos de mandos o simplemente jugar con retribuciones).

Se contemplan nuevos preceptos generalistas de vital importancia y afectación a todo el colectivo:

Prestación del Servicio en Pareja; Garantizar un mínimo de 5 efectivos para crear cuerpo de Policía Local; Entrenamiento periódico Prácticas de Tiro; Prevención Riesgos Laborales, Salud Mental, etc.

Funcionarios en prácticas: portar arma reglamentaria en las prácticas en plantillas, así como no perder dicha condición si como consecuencia de las lesiones sufridas en el ejercicio de sus cometidos o causas excepcionales no pudiese continuar el curso selectivo, Carrera Profesional, etc.

Declaración de Incapacidad Permanente Total (55 % de pensión).

Es fundamental que, si por desgracia el INSS nos jubila con el 55% por enfermedad e incluso por accidente laboral, podamos tener la opción de pasar a segunda actividad y que no suponga de facto una Jubilación Inmediata y obligada. Esto es un auténtico avance y base fundamental para la denominada Profesión de Riesgo.

De igual modo. también se contemplan otros asuntos de menor calado generalista, otros de menor importancia y algunos a desarrollar.

Además, hay aspectos a los que nos hemos negado rotundamente, pero han sido muchísimas enmiendas de todos los grupos, unas han entrado y otras no, pero la garantía del trabajo constante la hemos plasmado en la Junta de Andalucía.

Llevamos más de 10 años trabajando con los grupos políticos que gobernaron, los que están gobernando y los que estarán.

Eso nos ha dado experiencia y ser conocedores de promesas cuando están gobernando y en la oposición, compromisos con nosotros que hoy se reflejan.

Pero nuestro trabajo continúa intensamente para su aplicación y desarrollo que ya estamos empezando.

JUNTOS SOMOS MÁS FUERTES

 

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