En un complejo procedimiento de jurado por violencia de género que el Ministerio Fiscal calificaba como mero homicidio imprudente (2 años) y la defensa apoyaba, tu dirección letrada de la acusación particular ha logrado que el Tribunal declare probado el asesinato con alevosía y agravante de parentesco, imponiendo al acusado 20 años y 1 día de prisión, inhabilitación absoluta y 10 años de prohibición de acercamiento.
El Tribunal del Jurado declaró probado que, en la madrugada del 12 de junio de 2021, en un olivar de Marmolejo (Jaén), el acusado atropelló intencionadamente y de forma repetida a su pareja sentimental con su vehículo cuando ella se encontraba vomitando delante del coche, en situación de total indefensión. La víctima falleció por politraumatismos.
El Ministerio Fiscal pedía inicialmente 2 años por homicidio imprudente; la defensa se adhería a esa tesis. Las acusaciones particular (dirigida por el letrado Enrique Arroyo Aranda) y populares lograron la calificación de asesinato, alcanzando la pena 20 años y 1 día de prisión.
El tribunal acuerda deducir testimonio contra una testigo por posible falso testimonio.
Sentencia firme tras más de cuatro años de instrucción en procedimiento de jurado por violencia de género.
Un trabajo impecable de estrategia, prueba pericial y convicción del jurado popular por unanimidad que ha elevado la calificación desde la imprudencia hasta la pena mínima del asesinato agravado.
Justicia hecha y un ejemplo de defensa valiente de las víctimas.
¡Enhorabuena, Enrique!



